2. Proyectos de Recambio de lámparas y/o luminarias y de Reinversión en eficiencia energética.

Manual del Usuario

Generación de usuario y contraseña: Ingresar en

Sistema Web PRONUREE - Alumbrado Público (Recambio, Reinversión y Rendición de Cuentas)

Y clickear sobre “Si no posee clave, puede solicitar una haciendo click aquí”, para luego completar el “Formulario de Pre-Inscripción”. Dentro de las 48 hs. de generada la clave, la misma será habilitada y se podrá proceder a la carga de datos pertinente al proyecto de obra de recambio a ejecutar.

  Importante: Las lámparas y/o luminarias que se instalen en las obras de Recambio y Reinversión, deberán cumplimentar con las normas IRAM-AADL J2020-1 y/o J2020-2, IRAM-AADL J2020-4, IRAM-AADL J2021 e IRAM-AADL J2028. (Ver Especificaciones técnicas de referencia).

2.1. PROYECTO DE RECAMBIO de lámparas y/o luminarias

En él se detallan las luminarias y/o lámparas existentes, así como el resultado al que se desea arribar una vez que se concrete el Recambio del parque actual.  La presentación del Proyecto implica la entrega de la siguiente documentación:

    1.  Nota de presentación dirigida a la Subsecretaría de Energía Eléctrica. (Descargar Modelo)
    2.  Carátula de Proyecto. (Descargar Modelo)
  1.  Memoria descriptiva (Descargar Modelo)

    1. Objeto de la obra.
    2. Monto total a invertir.
    3. Ahorros (potencia disponible, energía anual, $ y MWh).
    4. Cantidad y ubicación de los equipos a instalar y/o reemplazar (luminarias, semáforos a LED; bancos de capacitores, etc.).
    5. Cronograma de obra (Descargar Ejemplo de Cronograma).
    6. Especificaciones técnicas y folletería de los elementos a instalar.
    7. Costo del Proyecto.
  2. Declaración Jurada del Proyecto de Recambio generada mediante el Sistema Web de carga de datos.

  3. Obtención de usuario y clave para operar el Sistema. Ingresar al Sistema Web del PRONUREE. El usuario del Municipio recibirá un mensaje de habilitación por parte de la Secretaría de Energía.
  4. Ingreso de datos en el Sistema Web, generando de este modo el Proyecto de Recambio.
  5. Impresión del Proyecto generado (Declaración Jurada).
  6. Dicha declaración deberá estar sellada y firmada por el responsable del Proyecto del Municipio. Se sugiere la impresión de un juego adicional para control por parte del Municipio

    Manual del Usuario

  7. Censo de todo el parque de lámparas certificado por la distribuidora eléctrica (Descargar Modelo)

Cabe aclarar que el Programa prevé la transferencia de fondos correspondientes al “costo de lámparas y/o luminarias”, no así de los “costos adicionales”.

A partir de este paso, toda la documentación requerida deberá presentarse en la Dirección de Auditorías e Impuestos, dependiente de la Dirección de Cooperación y Asistencia Financiera; de la Secretaría de Energía, que actúa como Unidad Ejecutora, sita en Paseo Colón 171, 9º piso, oficina 907, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1086AAB).



2.2. PROYECTO DE REINVERSIÓN

Conforme al reglamento del PRONUREE - Alumbrado Público, el Municipio deberá reinvertir el ahorro económico generado por la ejecución del Proyecto de Recambio en “eficiencia energética”.

El Proyecto de Reinversión deberá demostrar la conveniencia de su implementación en términos de aumento de la eficiencia energética, es decir, satisfacer necesidades utilizando una menor cantidad de energía por unidad de producto o servicio prestado. A modo de ejemplo, entre otros, se citan: semáforos a LED, sistemas de climatización (calefacción/refrigeración), sistemas sanitarios, sistemas de bombeo de agua, iluminación ornamental (frentes, paseos, plazas, parques, etc.).

El monto a reinvertir deberá ser, igual o mayor al ahorro económico logrado en un periodo de DOCE (12) meses consecutivos, como consecuencia de la ejecución total del Proyecto de Recambio presentado.


Los plazos de ejecución (cronograma de obra) del Proyecto de Reinversión deberán ajustarse a lo siguiente:

Inicio: La ejecución del Proyecto de Reinversión deberá iniciarse como máximo al momento en que se certifique el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la ejecución de la obra del Proyecto de Recambio.

Finalización: La ejecución del Proyecto de Reinversión deberá finalizarse como máximo al momento en que se certifique el NOVENTA POR CIENTO (90%) de la ejecución de la obra del Proyecto de Recambio.


La presentación del Proyecto de Reinversión se formalizará mediante la entrega de la siguiente documentación:

  1. Nota de presentación dirigida a la Subsecretaría de Energía Eléctrica (Descargar Modelo)
  2. Carátula (Descargar Modelo)
  3.  Memoria descriptiva (Descargar Modelo)

    1. Objeto de la obra.
    2. Monto total a invertir.
    3. Ahorros (potencia disponible, energía anual, $ y MWh).
    4. Cantidad y ubicación de los equipos a instalar y/o reemplazar (luminarias, semáforos a LED - Descargar Modelo -; bancos de capacitores, etc.).
    5. Cronograma de obra.
    6. Especificaciones técnicas y folletería de los elementos a instalar.
  4. Memoria de cálculo:

    Fórmula para el cálculo de ahorro de energía en kWh y en $ .

  5. Potencia actual / 1000  x total horas encendido = energía anual actual en kWh
  6. Potencia proyectada / 1000  x total horas encendido = energía anual proyectada en kWh
  7. Energía anual actual en kWh – energía anual proyectada en kWh = energía ahorrada en kWh
  8. Energía ahorrada en kWh x cargo tarifario variable = Ahorro de Energía en $
  9. Cómputo y Presupuesto (Descargar Modelo)
     
Ministerio de Energía y Minería
Av. Hipólito Yrigoyen 250 Capital Federal - CP:C1086AAB - República Argentina - Conmutador: 54-11-4349-5000