Etiquetado de Eficiencia Energética obligatorio para lámparas incandescentes

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma establece la metodología para el cálculo de la clase de Eficiencia Energética de las lámparas incandescentes con filamento de tungsteno para iluminación general y las medidas para el etiquetado correspondiente. Se aplica a las lámparas incandescentes con filamento de tungsteno para iluminación general, que tienen las características siguientes:

  • potencia nominal entre 25 W y 200 W inclusive;
  • tensión nominal entre 200 V y 250 V;
  • bulbos con formatos A, PA, PS: claro, satinado, con revestimiento similar al satinado, o con revestimiento blanco, de acuerdo con la nomenclatura dada en la IEC 60887;
  • base rosca Edison E27.
Quedan excluidas del ámbito de esta norma las lámparas siguientes:
  • las lámparas con reflector u otro tipo de terminación no contemplada en 1.2.
  • las lámparas incandescentes halógenas o cuarzo-iodo.

ASPECTOS REGULATORIOS

Estándares de eficiencia energética mínima

Medida: Ley 26.473

Prohíbe la comercialización de lámparas incandescentes en el país a partir del 31/12/2010.

(Stock hasta 31/05/2011)

Ministerio de Energía y Minería
Av. Hipólito Yrigoyen 250 Capital Federal - CP:C1086AAB - República Argentina - Conmutador: 54-11-4349-5000